Danilo
Arsenijevith, LL.M (New York University)
EB-5. Creación de Empleos (Inversionistas). Basada en la “21st Century
Department of Justice Appropriations Act” del 2 de noviembre de 2002.
Concepto: La
visa EB5 permite la residencia condicional a personas que invierten $1 Millón
(o en ciertas circunstancias $0.5Millón) en una empresa comercial nueva que
emplee a 10 trabajadores a tiempo completo y se dedique a la gerencia de la
misma (day-to-day management) o a la formulación de las políticas de la misma
(policy formation).
Residencia Condicional: Se otorga una residencia condicional por dos años y
al final de ese periodo se puede remover la condición demostrando que se
crearon los empleos requeridos mediante la inversión aportada a la empresa
comercial.
Tipo de Empresa: Sociedades limitadas (limited partnerships),
compañías holding o sus subsidiarias, siempre que estas sean con fines de lucro
(for profit business).
Empresa “nueva”: No es necesario que el inversionista constituya la
empresa, este puede invertir en una empresa previamente constituida. Basta que
haya sido creada después del 29 de noviembre de 1990.
En todo caso, las empresas creadas anteriormente a la
fecha mencionada serán consideradas “nuevas” a los efectos de la ley en ciertas
circunstancias muy puntuales dependiendo si han sido reestructuradas o
reorganizadas con el objeto de crear una nueva empresa o
han sido expandidas de manera que haya ocurrido un cambio substancial en su valoración
neta o su número de empleados.
Inversión (Monto): Se invierte o está en proceso de invertir, un
capital de $1M (un millón de dólares); o $0.5M (medio millón de dólares) si la
inversión se hace en un área de empleo destinada (target employment area o TEA)
como por ejemplo, un área rural de menos de 20 Mil habitantes o un área que
haya tenido un desempleo de por lo menos 150% del promedio nacional.
Tipo de Inversión: Dinero en efectivo, equipos, inventario, propiedades
tangibles, equivalentes de efectivo (cash equivalents) y deuda garantizada por
bienes propiedad del inversionista, siempre y cuando el inversionista tenga
responsabilidad personal y directa, y que los bienes de la nueva empresa no
sean usados como garantía.
Un préstamo o cualquier arreglo de deuda ente el
inversionista y la nueva empresa no constituye inversión para esta visa.
Para que la inversión sea considerada como tal la
misma debe “tener el propósito de generar un retorno económico
sobre el capital sometido a riesgo”. Por ello,
los pagos de ciertos gastos de la sociedad no constituyen una inversión para
efectos de la ley.
Palabras clave: Retorno Económico y
Riesgo.
El capital invertido deberá estar valorado en moneda
Dólares de los Estados Unidos de América (US$) y al valor de mercado actual
(fair market value) en el caso de los equivalentes de dinero efectivo.
La inversión puede provenir de cuentas conjuntas que
el inversionista tenga con su cónyuge, pero no se extiende a cuentas conjuntas
con otros miembros de su familia. El inversionista debe demostrar que la
inversión proviene de cuentas a su nombre. Debe demostrar el origen del dinero
o propiedad usada en la inversión.
Clave: No se permiten cooperativas de
inversionistas.
La inversión debe ser hecha en UNA empresa nueva y no
se pueden combinar varias empresas creadas para lograr la remoción de la
condición en la visa (al final de los primeros dos años). Esto es a los efectos
de los 10 empleos requeridos ya que pudiera pensarse que se permite invertir en
dos o tres empresas que conjuntamente produzcan los empleos requeridos.
Riesgo e Inversión:
Pagarés (Promissory Notes). Un pagaré no garantizado
no califica como inversión. El inversionista debe demostrar que el pagaré (o
nota promisoria) está respaldado o garantizado con bienes de su propiedad
(ubicada en los Estados Unidos). El valor del pagaré, a los efectos de la
inversión, se entiende su valor de mercado actual y no su valor nominal, y el
mismo se determinará desde el momento que ocurre la inversión hasta que se
solicite la remoción de la condición (a los dos años).
Conclusión
La visa EB-5 permite la inmigración a los Estados
Unidos a personas que inviertan $1 millón y en ciertos casos $500 mil, en
negocios que directamente logren la creación de por lo menos 10 empleos
directos.
Para más información: Escriba un email a danilo@bizlatin.com